martes, 29 de julio de 2014

LA LEY NATURAL

PRECISIONES

La ley natural nos proporciona enunciados primarios contenidos de la razón práctica que conocemos de forma connatural y que orientan el comportamiento humano. Dios es autor de la ley natural, pues la ha promulgado por el hecho mismo de haber creado la naturaleza humana con sus cualidades y tendencias, y con las obligaciones que de ella dimanan y por el hecho de haber dado al hombre la capacidad de conocerla.


Este tema es de excepcional utilidad en cualquier reflexión que se haga en un clima de ética o de moral porque tiene una importancia en el comportamiento moral del hombre. Se la ha considerado como pieza imprescindible en la elaboración de la moral y como un tema que divide y diferencia las diversas corrientes filosóficas.

Por ley natural no hay que entender ni lo que es propio de la ley física (en este caso de la naturaleza humana); ni la ley biológica, sino la ley de la persona humana, que por ser natural al hombre se denomina ley natural, ley moral natural.

La ley natural física domina en el campo de las causas necesarias. La ley natural moral abarca la esfera del comportamiento moral, como fruto del ejercicio libre y responsable de la persona humana.

Para San Agustín la ley natural esta inscrita en lo más intimo del hombre y es común a todos los hombres. Cualquier hombre entiende la ley natural y usa de ella como principio fundamental de conducta. Toda persona humana la descubre como pauta y exigencia de comportamiento.

Como consecuencia del pecado original la naturaleza humana no ha sido viciada totalmente, pero si ha sufrido una alteración y un desorden que ha de ser restablecido y enriquecido por la redención. La naturaleza humana ya no es una “natura pura” sino una “natura lapsa” que debe convertirse en una “natura reparata” por la unión con Cristo.

CRITICA O RECHAZO

Su existencia ha sido negada y a veces malinterpretada en algunas filosofías y movimientos concretos. El Protestantismo se distancia de la ley natural, la reinterpreta e incluso la niega.  Anteriormente la negó el Nominalismo. Con el relativismo epistemológico se llega a la negación de la ley moral natural.

Actualmente esta muy extendida la contestación a la ley natural como consecuencia de distintos sistemas filosóficos, o por la presentación de una autonomía absoluta o exagerada de lo creado, de las realidades temporales y del mismo hombre.

El Magisterio de la Iglesia ha defendido constantemente la existencia, el alcance y la necesidad de la ley natural. El Concilio Vaticano II habla de la ley inscrita por Dios en el corazón del hombre. Esto es lo que ha recogido la tradición cristiana al afirmar que la ley natural es participación de la Ley eterna de Dios, del designio creador con que Dios gobierna todas las cosas. Dice la Encíclica Veritatis splendor que: “El Concilio vaticano II recuerda que la norma suprema de la vida humana es la misma ley divina, eterna, objetiva y universal mediante la cual Dios ordena, dirige y gobierna con el designio de su sabiduría y de su amor, el mundo y los caminos de la comunidad humana. Dios hace al hombre partícipe de esta ley suya, de modo que el hombre, según ha dispuesto suavemente la Providencia divina, pueda reconocer cada vez mas la verdad inmutable”. “La ley natural es la misma ley eterna, inscrita en los seres dotados de razón, que les inclina al acto y al fin que les conviene, es la misma razón eterna del Creador y gobernador del universo”.

El Magisterio de la Iglesia tiene la misión de interpretarla. Decía Pío XII: “La fuerza de la Iglesia no queda limitada a las cosas estrictamente religiosas, sino que de toda materia de ley natural, sus principios, su interpretación y su aplicación, en tanto en cuanto que se trata de un aspecto moral, dependen de su poder”. Pablo VI hacia esta precisión: “Ningún fiel querrá negar que corresponde al Magisterio el derecho de interpretar también la ley moral natural. Es incontrovertible que Jesucristo al comunicar a Pedro y a los Apóstoles su autoridad divina y al enviarlos a enseñar sus mandamientos a todas las gentes, los constituía en custodios y en interpretes auténticos de toda ley moral, no solo de la ley evangélica sino también de la natural, expresión de la voluntad de Dios cuyo cumplimiento fiel es necesario para salvarse”.

Cuando la teología habla de la ley natural, se refiere a las exigencias que dimanan de la persona humana, en cuanto ser creado a imagen de Dios. En las intervenciones magisteriales de la Iglesia el termino “ley natural” no hace referencia a la naturaleza propia de los seres irracionales, sino a la naturaleza corpóreo-espiritual de la persona humana. Es mucho más que lo puramente biológico.

La Iglesia enseña que esta ley natural no la crea el hombre, sino que la encuentra en su propia naturaleza y la reconoce en su propio interior como un bien de si mismo. Es una participación de la ley divina por la que Dios gobierna el mundo.

NOCIÓN

La ley natural es la luz de la inteligencia infundida en nosotros (en la naturaleza racional) por Dios. Debe considerarse como una expresión de la sabiduría divina, de la que el hombre participa y que le confiere el dominio de sus actos y la capacidad de gobernarse con miras a la verdad y al bien. Esta inscrita y grabada en el alma de todos y cada uno de los hombres porque es la razón humana que ordena hacer el bien y prohíbe el pecado.

1)                 Inclina al hombre a cumplir todo aquello que afecta a la propia perfección y a la consecución del orden exterior; ayuda a conocer y amar al Creador y el orden que El ha impreso en el universo, dirigiendo toda su vida a la felicidad propia, a la unión con Dios.
En la criatura espiritual la ley natural es no solo medida de sus actos, sino el principio que la capacita a regirse a si misma, dirigiéndose a su propia perfección y felicidad.
2)                 La ley natural esta en toda la persona, en el conjunto de sus inclinaciones naturales, aunadas y regidas por la inclinación de la inteligencia a la verdad y de la voluntad al bien, y muy en concreto al bien absoluto, que confieren al hombre idoneidad y energía para vivir el amor de Dios y del prójimo.
La Veritatis splendor dice: “la ley natural se refiere a la naturaleza propia y originaria del hombre y a la naturaleza de la persona humana que es la persona misma en la unidad de alma y cuerpo, en la unidad de sus inclinaciones de orden espiritual y biológico, así como de todas las demás características especificas, necesarias para alcanzar su fin”.
3)                 El carácter libre del dinamismo de la ley natural en la persona, hace que el hombre pueda prescindir de su guía, pero no que la ley deje de actuar como medida. Con frecuencia se hace impopular la existencia de la ley natural porque se ha creado un clima adverso que ayuda a concebirla como una limitación de la libertad humana. La ley natural se intensifica y despliega por el comportamiento virtuoso y se obstaculiza por el pecado.
En cualquier caso, el debilitamiento de la ley no suprime su carácter de medida intrínseca del obrar recto, ni exonera de responsabilidad.
Dios ha ordenado las criaturas libres, hechas a su imagen, mediante una ley interior, a un recto uso de la vida y hacia el fin ultimo de la misma creación.
Si no se diera esa ley natural se llegaría a la absurda consecuencia de que según las opiniones e intereses de los hombres, cualquier vicio se podría presentar como virtud o a la inversa.

PROPIEDADES

Universalidad de la ley moral

La Iglesia ha ensenado siempre que la ley natural es “norma universal de rectitud moral”, “es universal en sus preceptos y su autoridad se extiende a todos los hombres”. “Es una ordenación  universal que afecta a todos sin excepción.

El fundamento de esta universalidad es que “todos los hombres dotados de alma racional y creados a imagen de Dios, tiene la misma naturaleza y el mismo origen y por tanto la misma “lex indita”, aunque no tengan la misma ley escrita, ni la gracia les llegue en igual modo y grado. Cada hombre la recibe por su misma condición de criatura humana, le viene dada por el Creador.

La universalidad de la ley moral natural no se debe confundir con la universalidad de su observancia. Las transgresiones son un hecho, pero estas no perjudican la vigencia de la ley.

Esta universalidad no prescinde de la singularidad de los seres humanaos, ni se opone a la unicidad y a la irrepetibilidad de cada persona; al contrario abarca cada uno de sus actos libres, que deben demostrar la universalidad del verdadero bien.

La ley natural promueve la colaboración entre todos los hombres: la conciencia da a conocer aquella ley que se cumple por el amor de dios y del prójimo. La fidelidad a su conciencia une a los cristianos con los demás hombres para buscar la verdad y resolver con acierto los numerosos problemas morales que se presentan al individuo y a la sociedad.



Inmutabilidad de la ley natural

En su contenido esencial es inmutable y validad para todos los tiempos: “es inmutable y permanece a través de las variaciones de la historia, subsiste bajo el influjo de ideas y costumbres y sostiene su progreso. Las normas que la expresan permanecen valederas. Incluso cuando se llega a renegar de sus principios, no se la puede destruir ni arrancar del corazón del hombre.

Esto es así porque la naturaleza humana es la misma, en los hombres de cada época y en todos los hombres de todas las épocas: “la naturaleza humana permanece siempre la misma”. Los cambios histórico-sociales, las diversidades de cultura no pueden afectar nunca a su esencia: se limitan a dar el marco concreto en el que el hombre ha de desarrollar su vida de acuerdo con el designio divino.

Las normas morales absolutas nunca cambiaran. Las conductas de los que nos precedieron en la fe reconocieron como intrínsecamente contrarias a la dignidad de la persona, siguen siéndolo ahora y lo serán siempre.

La Encíclica Veritais splendor insiste: “La firmeza de la Iglesia en defender las normas morales universales e inmutables esta al servicio de la verdadera libertad del hombre. Solo en la obediencia a las normas morales universales el hombre halla plena confirmación de su unicidad como persona y la posibilidad de un verdadero crecimiento moral”.

La inmutabilidad de la naturaleza humana y de la ley natural no se opone a que el hombre intervenga en la historia y tenga el mismo una historia. La historicidad de la  persona consiste sobre todo en que mediante su libertad, va configurando su propia vida y en último termino, su destino eterno.
Cada persona, cada comunidad social y el conjunto de la humanidad es sujeto de evolución y de historia. No así la naturaleza humana que permanece inmutable, sin perjuicio de los cambios de orden accidental en las personas (cultura, etc.) y en las sociedades (organización del trabajo, instituciones políticas, etc.)

La Encíclica Veritatis splendor nota: “La gran sensibilidad que el hombre contemporáneo muestra por la historicidad y por la cultura, lleva a algunos a dudar de la inmutabilidad de la misma ley natural y por tanto de la existencia de Normas objetivas de moralidad validas para todos los hombres de ayer, de hoy y de mañana…. No se puede negar que el hombre existe siempre en una cultura concreta, pero tampoco se puede negar que el hombre no se agota en esta misma cultura. El progreso mismo de las culturas demuestra que en el hombre existe algo que las trasciende. Este algo es la naturaleza del hombre; esta naturaleza es la medida de la cultura y la condición para que el hombre no quede prisionero de ninguna de sus culturas, sino que defienda su dignidad personal viviendo de acuerdo con la verdad profunda de su ser. En este sentido afirma la Iglesia que bajo todos los cambios, subsisten muchas cosas que no cambian y que tienen su fundamento ultimo en Cristo, que es EL mismo ayer, hoy y por los siglos”.

No es argumento en favor de la mutabilidad de la ley natural el hecho, de que determinadas sociedades abandonan a veces la practica de algunos de sus preceptos. Cuando en una comunidad humana se generaliza un comportamiento contrario al orden moral natural, no es porque este haya cambiado sino porque en tal aspecto esa sociedad esta degenerando, no responde ya a la grandeza de la vocación del hombre.

Esto no significa olvidar que es necesario buscar y encontrar la formulación de las normas morales universales y permanentes mas adecuada a los diversos contextos culturales, mas capaz de expresar incesantemente su actualidad histórica y hacer comprender e interpretar auténticamente la verdad. Esta verdad de la ley moral (como todo el deposito de la fe) se desarrolla a través de los siglos. Las normas que la expresan siguen siendo sustancialmente validas, pero deben  ser precisadas y determinadas eodem sensu eademque sentencia, según las circunstancias históricas, por el Magisterio de la Iglesia.

Una característica básica  de la ley natural es su derivación de la naturaleza humana; no de la dimensión histórica de la persona humana. La ley natural es la ley de la naturaleza del hombre. Dado que la naturaleza es inmutable por definición, la ley natural también lo tiene que ser. Pero esa historicidad de la persona humana ejerce una gran influencia en la aplicación de la ley natural. No se puede confundir ni identificar los enunciados abstractos de la ley natural con los preceptos concretos y singulares de esa ley. Los preceptos de la ley natural son dictados de la razón practica  en un campo particular y estas situaciones reales y concretas no se dan fuera de la historia, sino inmersos en ella.

Se podría pensar que los enunciados abstractos y generales no sean universales y por tanto no abarquen todos los supuestos de hecho posibles. Esto daría la impresión de un cambio o mutación aunque en realidad no se produzca. Esta variabilidad en cuanto a la validez objetiva esta determinada por el cambio de la naturaleza y de las circunstancias que son objeto de una valoración normativa. No es la ley natural en su verdad y exigibilidad la que cambia sino la realidad efectiva que ha de ser normada.

Puede suceder también que en un caso determinado varíe el supuesto de hecho, por razón de sus circunstancias. En ese caso una norma es sustituida por otra; no quiere decir que la norma cambie. Al variar el caso se da una sustitución de la norma aplicable.

Ciertas mutaciones que parecen ocurrir en las leyes naturales suceden en realidad en las circunstancias o en la materia a la que se ha de aplicar el precepto. Puede parecer una mutación de la ley natural, mientras que representa únicamente una conclusión excepcional de la misma.

La condición histórica del hombre explica que en las costumbres de las distintas épocas y de cada cultura, y aun en la misma época, haya modos diversos de vivir las exigencias sustanciales, comunes y permanentes de la ley natural. Los elementos mudables de las costumbres o usos morales no son exigencias necesarias de la naturaleza humana, sino aspectos que en circunstancias determinadas, acompañan y concretan el cumplimiento de la ley moral natural.

Respecto a ley natural no tiene sentido la dispensa ni la epiqueya

Como consecuencia de la perfección de la ley natural y del carácter intrínseco con que ordena la naturaleza humana, se sigue que no cabe respecto de ella dispensa ni epiqueya. Son conceptos aplicables solo a las leyes humanas, para salvar su posible imperfección. Intentar dispensar en un caso de la ley natural, seria dispensar de la dignidad de su naturaleza; y aplicarla con epiqueya, una pretensión de corregir el plan de Dios inscrito en el ser mismo de cada hombre.

EL CONOCIMIENTO Y EL CONTENIDO DE LA LEY NATURAL

Conocimiento de los primeros principios y de los preceptos morales concretos

El hombre puede por sus propias fuerzas, conocer los principios fundamentales de la ley natural; pero en el estado actual, de naturaleza caída, el conocimiento de la ley natural esta tan debilitado que es moralmente necesario el auxilio de la revelación divina, para ser adquirido por todos, con facilidad, firmemente y sin error. Así lo afirma el Concilio Vaticano I: “La misma Santa Madre Iglesia sostiene y enseña que Dios puede ser conocido con certeza como principio y fin de todas las cosas, por la luz natural de la razón humana a partir de las cosas creadas, porque lo invisible de El se ve partiendo de la creación del mundo, entendido por medio de lo que ha sido hecho (Rom 1, 20)”

El Papa Pío XII dice en su Encíclica Humana generis: “La razón humana puede realmente con solas sus fuerzas y luz natural alcanzar conocimiento verdadero y cierto de un solo Dios personal, que con su providencia conserva y gobierna el mundo, así como de la ley natural impresa por el Creador en nuestras almas”. En el estado actual la posibilidad del conocimiento de la ley natural se encuentra con dificultades por múltiples flaquezas. El entendimiento humano halla dificultad en la adquisición de tales verdades por el impulso de los sentidos y de la imaginación, por las desordenadas concupiscencias nacidas del pecado original.

Dice Santo Tomas en la Suma Teológica: “las graves deficiencias en el conocimiento de la ley natural son consecuencia de que algunos tiene depravada la razón por la pasión, la mala costumbre o la mal disposición de la naturaleza.

Los modos de captar la ley moral natural no son el raciocinio y la argumentación, sino el conocimiento por evidencia y no por un proceso deductivo. El deber ser (la norma) es alcanzado por la razón practica con un especifico modo cognoscitivo y argumentativo, que alcanza de modo inmediato y evidente las normas morales naturales fundamentales y argumentando las demás desde ellas.

La persona humana siempre que quiere y busca la verdad, capta como evidentes unas primeras verdades sobre el bien y el ser, que llamamos primeros principios y que son evidentes por si mismos. Hay un primer principio que dice “Hay que hacer el bien y evitar el mal”. Bajo la luz de este conocimiento evidente, y aplicándola a los diversos bienes que integran la perfección humana, la razón descubre los varios y diversos preceptos particulares de la ley moral.

La ley natural es accesible a la razón humana y aunque se pueda hablar de normas generales, la razón humana las descubre como exigencias concretas de la naturaleza humana. Los primeros principios morales o de la ley natural no son ideas vagas y genéricas, sino una luz por la que reconocemos en cada acto si nos acerca o aleja de Dios., si es bueno o malo. Esta captación es común a todos los hombres, porque se basa en el hecho de que todos tenemos una naturaleza común con unas exigencias fundamentales que son también comunes.
Pertenece a la dignidad propia de la vida `racional y libre, que los bienes se conozcan no solo en cuanto apetecibles, sino en su verdad y en su moralidad. Mientras el conocimiento meramente sensible de los animales sigue un movimiento instintivo del apetito sensible, al conocimiento intelectual propio del hombre sigue un movimiento libre de la voluntad. El hombre conoce los bienes en lo que valen y en su relación con el fin. El hombre es dueño de sus actos y se mueve libremente a lo que quiere.

No todo lo que el hombre se siente inclinado a hacer puede considerarse natural, sino solo lo que su inteligencia (mediante el juicio de la conciencia) percibe como adecuado a su último fin, y a los demás fines subordinados al último. La composición de alma y cuerpo, con el desorden causado por el pecado original, explica que sintamos inclinaciones que contrarían a la razón. Pero tales inclinaciones no solo no pertenecen a la ley natural, que nos impera a obrar conforme a la razón, sino que seguirles contraria a la inteligencia y nos reduce a la vida animal.

El amor de Dios y del prójimo, dice Santo Tomas, “constituyen los dos primeros y mas comunes preceptos de la ley natural

Cuando se analiza el obrar moral, se aprecia que se dirige libremente a su propio fin y perfección. El dinamismo de la libertad no esta regido por la simple búsqueda del bien, sino del bien absoluto y de los demás bienes en relación con el. La consideración de que debo conocer y buscar el bien absoluto, y que amar a Dios sobre todas las cosas y al prójimo como a mi mismo por amor de Dios, ilumina y ayuda a valorar si una actitud es o no correcta en las mas variadas hipótesis en las que se pueda encontrar el hombre. El cualquiera de sus obligaciones morales, la iluminación sobre estos comportamientos desde la obligación de amar a Dios y al prójimo es mucho mas clara de lo que se adquiere por la sola consideración de que debo hacer el bien y evitar el mal.

Los primeros principios y las normas particulares

Bajo la luz de los primeros principios y por la experiencia ética y la reflexión sobre los varios bienes humanos, se alcanzan los preceptos o principios secundarios, llamados también conclusiones inmediatas a las que se accede por fáciles razonamientos. Cuando para alcanzar la norma o exigencia de un bien humano, se requiere una reflexión más compleja y difícil, se habla de conclusiones mediatas de la ley natural.

Los preceptos positivos y negativos de la ley natural

Los preceptos positivos mandan las obras del amor, los preceptos negativos, prohíben las obras a el contrarias. Los primeros expresan la dinámica sin límite que le es propia, los segundos la condición mínima para su desarrollo. Los preceptos positivos nos dicen las obras y las disposiciones que agradan a Dios y con las cuales podemos amar al prójimo. Son las obras y virtudes que debemos cultivar, como expresión del verdadero amor; a saber: el culto a Dios, la veracidad, la limosna, la mortificación, la solidaridad, la amistad, la generosidad, la magnanimidad, la alegría, el servicio, la humildad, la oración, la laboriosidad, la esperanza, la justicia, la compasión, la misericordia, honrar a los padres, la fidelidad, etc. Los preceptos positivos son universales y permanentes; sin embargo según la expresión antigua, obligan semper sed non pro semper, según las condiciones y circunstancias de cada persona. . No se pueden encerrar exhaustivamente en ninguna formula.

Los preceptos negativos, no matar, no cometer adulterio, no robar, no dar falso testimonio, aclaran lo que nunca cabe realizar para amar a Dios y al prójimo: son la condición básica del amor y al mismo tiempo su verificación; expresan con singular fuerza la exigencia indeclinable de proteger los bienes de la persona (la vida humana, el matrimonio, la propiedad privada, la veracidad, la buena fama). Pueden ser formulados en términos concretos que obligan a todos y cada uno, siempre y en toda circunstancia. Se trata de prohibiciones que prohíben una determinada acción semper et pro semper, sin excepciones, porque la elección de determinados comportamientos en ningún caso es compatible con la bondad de la voluntad de la persona que actúa.
                       

El contenido de la lev natural y el Decálogo

En el hombre hay una inclinación natural no solo a conocer a Dios sino a amarle sobre todas las cosas.

La obligación de amar a Dios sobre todas las cosas, junto con la consistencia propia de cada criatura, determina como es el recto amor de las personas y de los demás bienes, y así ayuda a descubrir y a fundamentar el contenido de otros principios de la ley natural: aquella actitud ante las personas y aquel uso de los bienes creados que lleva al hombre a conocer y a amar a Dios, es naturalmente recto; el que lo impide, malo.

El contenido de la ley natural que la razón puede alcanzar, ha sido además revelado en el Decálogo. El creyente conoce su contenido tambien mediante un elemento externo o escrito, no ya por sola tradición de los hombres, sino otorgado por la misma Sabiduría de Dios. El Decálogo contiene la totalidad de los preceptos de la ley natural:

-          A continuación de los primeros principios por si mismos evidentes, se puede señalar el principio del amor a Dios y al prójimo.
-          De modo explicito en cada uno de los diez mandamientos se promulgan las conclusiones inmediatas de la ley natural. Nuestras obligaciones para con Dios: adoración, prohibición de la idolatría, deber de tributar culto al Creador. Las obligaciones para con el prójimo: honrar a los padres, respetar la vida ajena y propia, no mentir, no fornicar (sexo fuera del matrimonio), no causar daño a la persona, ni a la honra, ni a los bienes de otro. Tanto de obra, como de palabra o pensamiento.
-          De modo implícito, en el Decálogo se contienen las conclusiones mediatas, que la Iglesia ha ido sancionando expresamente con su autoridad: obligación de buscar la verdadera fe y derecho a la libertad religiosa; indisolubilidad del matrimonio; obligación de no cegar las fuentes de la vida; deberes y derechos de los padres en la educación de los hijos; derecho de todos a la propiedad privada, etc.

La ignorancia de la ley natural y sus límites

Cuando un medio social esta plagado de ideas confusas y erróneas sobre el hombre y sus fines, los errores sobre la ley natural aparecen. El hombre puede llegar a actuaciones llamativamente contrarias a la ley natural, o a no captar el grave quebranto que unas conductas suponen a la dignidad humana mediante la manipulación ideológica.

Todos la conocen por el solo hecho de tener el uso de la razón, ya que su promulgación coincide con la adquisición del uso de la razón. Esto no implica que este conocimiento sea siempre inmediatamente accesible, pero si que todo hombre que se esfuerza por conseguirlo, con la diligencia que cualquiera pone en los asuntos que verdaderamente le interesan, alcanza a resolver rectamente lo que debe hacer en cada caso particular. La evidencia de la razón puede estar muy ofuscada por las pasiones desordenadas y por los pecados personales. Puede darse una ignorancia invencible de algunos preceptos de la ley natural, en las siguientes condiciones:

a)      No cabe ignorancia inculpable de los primeros principios de la ley natural. El primer principio se conoce de modo indefectible de forma que no cabe error inculpable acerca de el. Errar acerca de este principio fundante del obrar moral nunca es natural al hombre, ni a su inteligencia, ni a su voluntad. Para errar en este punto, la voluntad ha de desordenarse y oscurecer la luz natural de la inteligencia.
b)      En cambio pueden ignorarse las conclusiones inmediatas de la ley natural. En determinadas condiciones  (educación gravemente deformada, etc.), algunos las ignoran sin culpa. En circunstancias particulares, cabe ignorancia inculpable por un cierto tiempo, pero no durante toda la vida, de alguno, pero no de todos. La ignorancia inculpable sobre algún precepto el Decálogo, tarde o temprano desaparece o se hace culpable. En principio no parece que en cuestiones tan importantes, Dios deje de dar a los hombres los medios para conocer el camino que les conduce a su perfección y felicidad. Entre esos medios esta el ejemplo y la palabra de las personas rectas, especialmente de los cristianos.
c)      En cuanto a la ignorancia acerca de las conclusiones remotas, como para conocerlas se requiere formación y estudio, es opinión común que con más frecuencia pueden ignorarse sin culpa una o varias. No todos están en condiciones de alcanzar ese conocimiento, que exige mayor penetración de la inteligencia y ayuda del ambiente, además de la buena disposición de la voluntad.

LOS CRISTIANOS Y LA LEY NATURAL

Solo Cristo ha revelado al hombre plenamente su propia dignidad, el valor trascendente de su humanidad, el sentido ultimo de su existencia. La Iglesia tiene la entera verdad sobre el hombre. Recordando las prescripciones de la ley natural, el Magisterio eclesiástico ejerce una parte esencial de su función profética de anunciar a los hombres lo que son en verdad y de recordarles lo que deben ser ante Dios.

El Magisterio de la Iglesia es interprete autentico de la ley natural: “Ningún fiel querrá negar que corresponda al Magisterio de la Iglesia el interpretar también la ley moral natural. Es incontrovertible que Jesucristo. Al comunicar a Pedro y a los Apóstoles su autoridad divina y al enviarles a enseñar a todas las gentes sus mandamientos, los constituía en custodios e interpretes auténticos de toda ley moral, no solo de la evangélica, sino también de la ley natural, expresión de la voluntad de Dios, cuyo cumplimiento fiel es igualmente necesario para salvarse”.

Los cristianos cuentan con esta grandísima ayuda que refuerza con garantía divina su conocimiento del orden moral natural.


Al enseñar y defender la ley natural, los cristianos no imponen a los demás sus propias opiniones o creencias religiosas, sino que cumplen un sagrado deber de mostrar a todos los hombres el camino de su propia dignidad y felicidad. Es necesario que los cristianos estén prevenidos contra los sofismas que pretenden inhibirles de la defensa del orden moral de la creación, por ejemplo argumentando que de otro modo no respetan la pluralidad de opiniones en la sociedad. Ante cuestiones como el divorcio, el aborto, la justicia social, la moralidad pública, etc., no cabe abstenerse por un falso respeto a las opiniones de los demás; seria un fraude hacia esas mismas personas. Hay que defender la verdad en modo positivo, respetando a los demás, viviendo la caridad, pero hay que proclamarla sin miedo.

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