martes, 29 de julio de 2014

LA LEY MORAL NATURAL

El debate actual acerca del papel del concepto de naturaleza en la Ética

Un tema debatido es si se puede atribuir un carácter normativo al concepto de naturaleza y de dignidad de la persona humana. Contra el uso normativo de esos conceptos se hace notar que el hombre es un ser dotado, por naturaleza, de instintos muy plásticos, en el sentido de que no contienen una respuesta fija sobre el modo de realizar o alcanzar los bienes necesarios para la vida.
Es el hombre quien ha de darse, a través de la cultura, una “segunda naturaleza”, que le es necesaria para sobrevivir. El mundo moral estaría en el ámbito de esta “segunda naturaleza” cultural, que responde y debe responder a las condiciones sociales, históricas, tecnológicas, etc., y que sobrepasa a la naturaleza, sin poder ser medido normativamente por ella. Esta objeción sostiene que la naturaleza es el objeto (la materia) de la actividad humana y que esta no puede tener en aquella su regla interna. La naturaleza no es el fin de la praxis. El fin de la praxis seria resolver los problemas humanos que la naturaleza no resuelve y para ello la naturaleza ha de ser manipulada y transformada.

Objeciones al concepto de ley moral natural:

  1. Se sostiene  la insuficiencia del concepto de naturaleza para el planteamiento general del problema moral. Se duda si es adecuado, y hasta que punto, fundamentar sobre el concepto de naturaleza una concepción global del bien humano, porque tanto la filosofía moderna como la ciencia entienden por naturaleza lo que no es humano.

  1. Se afirma la insuficiencia del concepto de naturaleza para distinguir lo moralmente bueno de lo moralmente malo. El concepto de naturaleza humana debería contener una referencia al libre desarrollo de la persona en la cultura y en la historia, por lo que no es posible extraer de ese concepto un código de normas morales concretas universalmente validas. En el mejor de los casos solo seria posible extraer, algunas pocas normas de tipo genérico. Se añade además, que este problema no podría ser resuelto con una referencia a Dios Creador. Dentro de una concepción creacionista, todo puede ser puesto en relación con Dios, sea lo que se debe aceptar y respetar (p, ej. la vida humana), sea lo que es obligatorio combatir (la enfermedad). No parece posible  que la referencia a Dios Creador pueda justificar  la validez de criterios éticos opuestos frente a hechos igualmente “naturales”, en el sentido de creados.

  1. Se sostiene la insuficiencia del concepto de naturaleza para la fundamentacion de la normatividad ética. Se manifiesta el temor de que el reconocimiento de un alcance normativo al concepto de naturaleza lleve a confundir las leyes físicas o biológicas, propias del mundo de la necesidad, con las leyes de la moral, que es el reino de la libertad, del espíritu, de la historia, antitesis de la regularidad física. Se teme que el hombre pueda quedar subordinado a las leyes físicas y a sus fallos, lo que sucedería siempre que se afirme que las realidades dadas, por el hecho de ser “naturales”, son valores intocables. En lo que respecta a la dimensión teonoma del concepto de naturaleza, se reconoce que Dios como Creador, sostiene todas las cosas en su ser, pero se duda que Dios haya querido establecer en el mundo, a través de las leyes de la naturaleza, una ordenación ética para la libertad humana. Se considera que esta hipótesis seria irrespetuosa tanto respecto de la autonomía del hombre como respecto de la trascendencia de Dios.


En estas argumentaciones es posible encontrar confusiones notables acerca de lo que se entiende por ley moral natural. Los que sostienen el concepto de ley moral natural no pretenden subordinar la persona humana a las leyes físicas y a sus fallos, sino que insisten en el valor y en la primacía de la naturaleza propia de la persona humana, y esta insistencia les parece legítima mientras no se demuestre que la persona es una realidad “no- natural”. Piensan que la Ética, al subrayar el valor de la persona humana, no hace más que reafirmar la necesidad de respetar la naturaleza de las cosas: las personas deben ser reconocidas y tratadas como personas, y las cosas como cosas. Quien no aceptase esto, no admitiría que toda persona posee un valor supra-cosal y supra-utilitario.
Esas confusiones se deben también a la complejidad del concepto de naturaleza y de lo natural.

Aclaraciones semantico históricas sobre el concepto de naturaleza

En la filosofía clásica griega la naturaleza es vista como el principio de la actividad y pasividad de un ente y, también como aquello que las cosas realmente son. La filosofía cristiana modifica parcialmente esa idea de naturaleza al introducir el concepto de Creación: la naturaleza para la escolástica medieval es ante todo la obra de Dios. La naturaleza es vista como un todo ordenado en cuanto que esta medida por la Razón divina.

En amplios sectores de la filosofía moderna el concepto de naturaleza cambia completamente de significado. Se entiende por naturaleza lo que el pensamiento predica o pone en las cosas para que estas resulten inteligibles. La naturaleza no es lo que las cosas realmente son, sino lo que las cosas parecen cuando son pensadas según las leyes de la mecánica. La naturaleza significa formalmente la legalidad de los fenómenos espaciotemporales, y en este preciso sentido afirma Kant que es el entendimiento humano quien produce y domina la naturaleza. La naturaleza no precede al hombre, sino que es el mundo que el hombre mismo ha estructurado.

La naturaleza en sentido físico se refiere exclusivamente a los entes corpóreos, de forma que natural en sentido físico se contrapone a todo lo que es espiritual y libre, y también a lo que es artificial y a lo que es cultural. En este sentido, se llaman naturales los procesos que surgen directa y enteramente de la estructura constitutiva de un ente, entendida como principio individual activo. Son naturales las actividades espontáneas, determinadas ad unum, que consiguen inflaliblemente sus objetivos. La naturaleza y lo natural en su acepción físico-cosmologica son conceptos difícilmente aplicables a la actividad moral.

El concepto metafísico de naturaleza se refiere a todo lo que es real y no solo a las realidades “físicas”. La naturaleza en sentido metafísico es la esencia misma de un ente considerada en cuanto principio de sus operaciones y pasiones especificas. No subsiste la oposición entre lo natural y lo espiritual o lo libre, porque el espíritu y la libertad tienen su naturaleza. En este sentido se habla de naturalezas espirituales y de la naturaleza de la persona humana.
Otra distinción importante entre las acepciones de la naturaleza y de lo natural es la que existe entre la naturaleza en sentido universal y la naturaleza en sentido individual. Entendida en sentido metafísico, la naturaleza es la índole propia de un ente en el plano ontologico, que esta en un nivel más profundo que el de los “hechos”, que el de lo que acaece contingentemente a uno o más individuos. No todo lo que le ocurre al un individuo humano es “natural”, aunque le ocurra desde su nacimiento. Lo natural en sentido metafísico designa un orden de conveniencia a la naturaleza constitutiva de un ente, universalmente considerada, que no puede identificarse con lo que de hecho sucede en algunos casos singulares. Se trata de un orden de exigencias esenciales, de un finalismo objetivo advertido por la razón, y no siempre de tendencias psicológicas  experimentadas subjetivamente.

Las tres dimensiones de la ley moral natural

La dimensión gnoseológica

En este primer sentido ser naturalmente justo quiere decir ser conocido como tal por la razón humana, facultad especifica de nuestra naturaleza, en virtud de su misma constitución intrínseca, y por tanto con independencia de cualquier determinación ético-positiva (derivada de la autoridad política, religiosa, familiar, etc.), siendo ese conocimiento moral natural la condición que hace posible la inteligibilidad y la recepción de cualquier disposición ético-positiva. Se afirma que existe una ley no escrita, grabada en la mente humana, que es la condición de posibilidad de las leyes escritas, porque constituye al hombre como ser moral.

Así entendida, la ley moral natural designa un hecho (no una teoria): el hombre es por su misma naturaleza un ser moral, y la razón humana es por si misma, una razón práctica o moral. La moral es algo que nace de la naturaleza humana y que encuentra en ella una estructura que la sostiene, sin la cual la moral no solo seria una instancia puramente externa, represiva e insoportable, sino completamente ininteligible; algo que el hombre no podría recibir. La ley moral natural es la luz de nuestra inteligencia en virtud de la cual las realidades morales resultan accesibles al hombre, y que hace posible que este posea espontáneamente una experiencia moral.

La ley moral natural es algo originariamente racional y por eso mismo es natural, ya que la razón es lo específico de la naturaleza de la persona humana. Consiste en la luz natural de la inteligencia y en los juicios morales o dictámenes racionales que con esa luz formulamos. La ordenación moral del obrar es una ordenación racional.

Esta luz natural de la razón práctica alcanza con evidencia inmediata algunos conocimientos: los primeros principios y las virtudes consideradas en su contenido más general. A partir de estos primeros conocimientos morales llega a otras verdades. Lo que resulta decisivo a la hora de decir si un aserto moral es de la ley natural o no, es el hecho de que tenga una conexión necesaria con los primeros principios o las virtudes. Si existe la conexión estamos ante una regla de la ley moral natural; si no existe, estaremos ante una disposición ético-positiva establecida por alguna autoridad.

La necesidad de educación moral del individuo por parte de la familia y la sociedad  no constituye una verdadera objeción. La ley moral natural  es “natural” para el hombre de un modo semejante a como lo es el lenguaje. Los animales irracionales nunca podrán hablar; el hombre tiene por naturaleza la capacidad de hacerlo, pero necesita un cierto aprendizaje. De los defectos del aprendizaje dependerá en buena parte la diversidad de juicios morales sobre un mismo comportamiento que a veces se encuentran entre los hombres y que no constituyen una objeción a la existencia de la ley moral natural. Del hecho que una capacidad natural pueda desarrollarse o ejercerse de modo defectuoso no es lícito concluir que tal capacidad no existe.

La dimensión antropológica

En sentido antropológico se habla de ley moral natural porque las exigencias morales (conocidas naturalmente por la razón humana) responden al bien de la persona, la vida buena y feliz, al que ella esta inclinada en virtud de su naturaleza.

La ley moral natural tiene su punto de referencia en el orden de la naturaleza de la persona, según el cual todas las fuerzas naturales se integran y armonizan con vistas al bien del hombre en cuanto ser racional. En esta línea explica Santo Tomas de Aquino que pertenece a la ley natural todo aquello a lo que el hombre esta inclinado en virtud de su naturaleza. El hombre esta naturalmente inclinado a obrar según la razón, que es lo mismo que obrar según la virtud. Se concluye por esto que todos los actos de las virtudes son el contenido de la ley natural, ya que lo que preceptúa la razón es obrar virtuosamente.

El elemento formalmente moral de la ley natural esta constituido por los dictámenes de la recta razón. Lo que se quiere decir es que la razón humana al formular sus dictámenes en algunos ámbitos de la conducta y al especificar las exigencias concretas de algunas virtudes, toma como base la comprensión del sentido de las diversas facultades humanas y de su integración en el bien de la persona, pudiendo establecer cual es el modo y la medida justa de cumplir los fines y de satisfacer las tendencias.

Las inclinaciones no son la ley natural, sino la base material de algunas de sus exigencias: en esos ámbitos la ley moral natural es la regulación racional de las inclinaciones. En la ordenación de la naturaleza humana ocupa un papel singular la tendencia natural de la voluntad hacia el bien, en virtud de la cual puede decirse que las exigencias éticas fundamentales son no solo naturalmente conocidas, sino naturalmente queridas.
Este querer natural del bien aprendido por la razón constituye el fundamento antropológico de la instancia moral, desde el punto de vista dinámico, y resulta de capital importancia para comprender el concepto y la actividad de la razón practica.

La dimensión teonomica

En el marco de la concepción creacionista propia del realismo filosófico, el concepto de ley moral natural implica que se trata de una ley divina, es decir, de un conjunto de exigencias que tienen en dios su autor y su fundamento ultimo. La capacidad innata  del hombre de regular moralmente la propia conducta es vista en ultimo termino como la participación propia del ser racional, creado a imagen y semejanza de Dios, en el orden y en el proyecto finalizador de la Inteligencia creadora, y la naturaleza humana es vista como ordenada por la Sabiduría divina y por tanto como dotada de sentido normativo, que para ser formalmente moral debe pasar por la razón. Santo Tomas lo sintetiza diciendo: la ley moral natural es la participación en la ley eterna (razón ordenadora de Dios) propia del ser racional. La lesión de la exigencias éticas naturales tiene en ultimo termino razón de ofensa a Dios, es decir de pecado.

Este aspecto de la ley natural suscita objeciones por parte de la sensibilidad propia del liberalismo, celosa de la autonomía humana y del valor de la racionalidad. Es claro que la dimensión teonoma de la ley natural no es comprensible desde una perspectiva atea.

No se dice que el hombre conoce la razón de Dios directamente y en si misma, y que por tanto el sostenedor de la ley natural presenta sus juicios personales como si fuesen juicios de Dios. Lo que se propone es la explicación y fundamentación de la capacidad racional que el hombre tiene. Se dice que cuando se alcanza la verdad moral, se alcanza participativamente una ordenación divina que tiene por ello valor absoluto y sobrehumano. El valor de la racionalidad y de la verdad se ve reforzado por esta fundamentación trascendente.


La filosofía accede a Dios como fundamento creador del mundo, y eso significa que la responsabilidad, la bondad, la justicia, la razonabilidad, tienen en la Inteligencia y en el Amor creadores su arquetipo originario. Si la creación es una obra de la Inteligencia y del Amor, no es posible crear sin medir, sin regular, sin finalizar y en ese sentido sin legislar. Dios crea también el sentido. La libertad y la sabiduría son en Dios realidades idénticas e inseparables. Para el hombre estar ante la libertad de Dios es estar medido por su Sabiduría. La razón humana ha de discernir con sus propias luces el bien y el mal, pero puede hacerlo porque es como un chispazo desprendido del Entendimiento divino, y el orden que descubre y formula activamente no es un orden puramente humano. Es un orden creado, cuya constitución radical solo puede ser entendida en relacion con la sabiduría divina. 

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