PRESENTACIÓN DEL TEMA
El tema más
debatido es el relativo al comienzo de la vida humana. Se está o no frente a un
ser con vida; el embrión humano es desde la concepción, un ser humano real, una
persona o una “cosa”.
DE LA FICCIÓN A
LA REALIDAD
En una primera
época, el concebido no nacido se presentó como parte del cuerpo de la madre,
carente de autonomía en lo referente a su constitución e individualidad.
Los progresos de la
ciencia comenzaron a ridiculizar las posturas de quienes negaban en el embrión
la existencia de una vida humana. Las investigaciones sobre procreación
artificial “in vitro” pusieron de manifiesto lo que realmente era un embrión
humano, obligando a muchos a dejar ciertas ficciones interesadas y acercarse a
la realidad.
Hoy los científicos
saben bien que la vida humana comienza con la fecundación o la concepción,
pero acoplan nuevas exigencias como la de que se de la implantación o
anidación, diferenciando un preembrión humano del embrión, simplemente
para disponer de un plazo dentro del cual poder decir que no se dispone de vida
humana, cuando bien se sabe que ello no responde a la realidad. Hay verdades
científicas que por motivos políticos, sociales o ideológicos parecen no
quererse ver o aceptar.
¿Por qué
condicionar la protección del embrión (vida humana) a que esté implantado?
¿acaso antes no tiene vida? Lo increíble es que en pleno siglo XXI, persistimos
en desconocer realidades que ya habían asumido los romanos cuando no dudaron en
reconocerle la tutela jurídica al concebido no nacido sin limitaciones,
sosteniendo: “Infans conceptus pro nato habetur quoties de luis commodis
agitur” (o sea, el concebido no nacido, a los efectos del derecho se
consideraba como nacido) (GAUDEMET, Le droit privé romain, París, 1974, pág.
701). La vida humana se protege desde la concepción se encuentre donde se
encuentre el embrión, sin concesiones. La vida humana desde el primer instante
hasta el último tiene valor máximo. Esperar esta protección hasta el día 7 o el
día 3 para exigir tal o cual nivel de desarrollo o de determinación supone,
asumir criterios arbitrarios que no suponen más que buscar caminos que
pretenden justificar la destrucción de la vida.
EL STATUS DEL CONCEBIDO NO NACIDO ANTES DE SER ABORTADO
Presentación del tema
Algunos autores
como BASSO (Nacer y morir con dignidad, Buenos Aires, 1992, pág. 347 y ss.),
señalan que en este tema es frecuente que se falte a la verdad y se actúe con
engaño por parte de los especialistas. Es muy grave, instruir al ignorante con
la mentira, sobre todo cuando a ésta se une la hipocresía y se esconden
propósitos inconfesables. Razones de ética profesional mínima indican que
cuando se explica algo
se debe decir la
verdad. Si no tenemos claro qué es lo que hay en el vientre materno, a la hora
de pretender eliminarlo; o buscamos o inventamos explicaciones científicas para
extender el momento del inicio de la vida humana y tener un plazo de gracia
para poder hacer lo que nos plazca y destruir la vida humana, será muy difícil
transitar por el camino correcto y de la verdad científica y ética.
En todo debate
ético y legal sobre el aborto hay una cuestión fundamental: ¿cuál es la
situación jurídica del concebido no nacido? ¿Qué valor tiene la incipiente
realidad humana en las diversas etapas de su desarrollo antes de su nacimiento?
Aquí no se trata de contemplar que es lo que quiere la madre, sino lo que es
científicamente aquello que se ha concebido.
Y si de respetar
las normas se trata, en la medida en que el concebido es vida humana- lo cual
está fehacientemente confirmado por los más recientes estudios embriológicos-,
atentos a que la misma está protegida por la Constitución de la República, y en
consideración a que la vida es indisponible, nadie tendrá legitimidad
para adoptar decisiones sobre ella: ni el Estado, ni el médico, ni la madre. La
vida no es algo que se le reconoce al ser y se le puede quitar, sino que es
inherente a su propia estructura, y en consecuencia, a partir de su existencia sólo
puede hacerse una cosa: respetarla en su desarrollo y dignidad hasta el final.
No se está ante una vida potencial, se está ante una vida que es. Fecundado
el óvulo con el espermatozoide, existe vida humana, una persona que se debe
respetar como tal. El primer dato incuestionable puesto en claro por la
genética es que, en el momento de la fertilización, esto es, de la penetración
del espermatozoide en el óvulo, los dos gametos de los padres forman una nueva
entidad biológica, el cigoto, que lleva en sí un nuevo proyecto, una nueva vida
individual (Elio SGRECCIA, manual de bioética, México, 1994, pág. 337). La
calidad, el impulso y la dirección del desarrollo del cigoto a partir del
momento que comienza la vida no depende de órdenes directivas maternas sino de
su propia composición autogénica. Sostener que el embrión es una porción de
la madre es una posición de carácter anticientífico. La prueba de ello es que
no hay ninguna parte de la madre que tenga una porción de ADN del padre. La
fertilización “in vitro” opera como prueba clara del fenómeno antes expuesto,
desde que puede cotejarse científicamente que a partir del momento de la unión
de las dos células gaméticas comienza el desarrollo autogenerado del nuevo ser,
aplicándose mecanismos autoconstructivos. El cigoto o embrión posee una
constitución genética que sólo se da en la especie humana. Esa carga genética
no sólo delinea a un ser concreto de la especie humana, sino, al mismo tiempo,
a un individuo concreto e irrepetible dentro de nuestra multisecular historia.
El concebido no nacido, desde que tiene vida, comienza a dirigir su propio
proceso de desarrollo mediante la síntesis de sus propias enzimas y proteínas
que son distintas a las de la madre que lo está gestando. La continuidad del
desarrollo embrionario se agota al nacimiento de un ser cuyo derecho a la vida
no se puede discutir, es lo que lleva a conceder al no nacido un status
equiparable al del recién nacido. La constitución de un nuevo ser no sólo es el
comienzo de una nueva vida, sino más bien la continuación de la vida de los
padres. Desde este punto de vista, los gametos, células vivas y vivificantes-
aunque no “seres vivos” como el embrión, con quien difieren en el plano
ontológico- darían vida a un nuevo ser que es continuación de la vida de los
padres.
El embrión en sí
mismo es un individuo de la especie humana, y no vida en potencia: por tanto, se le debe tratar como a cualquier otro individuo en lo
que respecta al respeto de su vida. No se está ante un trozo de tejido, o ante
un órgano del que se pueda disponer, sino ante una célula embrionaria a partir
de la cual se desarrollará un ser con individualidad propia, con aptitud para
desarrollarse, tanto desde el punto de vista genético como neurofisiológico.
Carácter “humano” del embrión desde la concepción
Con la
fertilización, o sea, con la penetración del espermatozoide en el óvulo, los
dos gametos de los padres conforman un nuevo ser biológico denominado embrión o
cigoto que supone la existencia de una nueva vida humana. Este nuevo individuo
humano, a partir del momento de la concepción prosigue un ciclo con capacidad
de desarrollo propia. Aún cuando no sea reconocible fisiológicamente la figura
humana, son cientos de millones de células musculares las que hacen ya latir un
corazón primitivo, decenas de millones de células nerviosas, las que ensamblan
en circuitos y se disponen a formar el sistema nervioso de la persona
determinada. Desde el mismo momento de la concepción surge un cigoto con vida
que se desarrolla en su perfil humano. En consecuencia, el concebido tiene
su propia realidad biológica bien individualizada, y a partir del momento de su
existencia con vida, se desarrolla en forma autónoma, momento a momento, por su
propia potencialidad y en función de lo programado en su genoma.
A partir de la
concepción, existe una unidad sustancial inscripta en el óvulo fecundado que
revela en su desarrollo una continuidad sustancial, precisamente porque el
principio del desarrollo y del cambio está dentro de esta sustancia con vida.
En cada fase de su existencia, el nuevo ser tiene una unidad ontológica
individual, que se encuentra en un proceso de desarrollo continuo, y que ya es
poseedora de una cualidad que es la que refiere a la dignidad propia de la
persona. Aunque en el embrión humano no se entrevean todas las características
que consideramos propias de la persona, hay que tener presente, que el embrión
tiene en sí, como finalidad, el ser esa persona. El cigoto humano, que está
destinado a convertirse en persona, lo es ya desde el comienzo.
ELIMINACIÓN DE EMBRIONES ES UNA FORMA DE ABORTO
Cuando se aplican
técnicas de inseminación artificial, de clonación, de ectogénesis, de
eugenesia, etc., buena parte de la calificación ética de estas técnicas
dependerá de lo que hagan con los embriones humanos. La razón más importante
que lleva a censurar muchas de estas nuevas tecnologías de la ciencia de los
siglos XX y XXI, es que tiene un costo que la humanidad no está dispuesta a
pagar, que es la manipulación y la pérdida de embriones. Nadie se anima a
afirmar que en este tipo de investigaciones no existe manipulación y pérdida de
embriones, sino que lo que se hace es tratar de explicarlas: justificando lo
que no es justificable. Cada pérdida de un embrión significa un aborto, pues
el embrión, esté dentro o fuera del seno materno, es un ser con vida que debe
respetarse. Todo embrión de ser considerado y tratado como persona humana
en el respeto de su dignidad eminente. Debe reconocerse al “nascituro” desde el
momento de su concepción, todos los derechos fundamentales: en primer lugar, el
derecho a la vida, que no puede ser violado de ningún modo. Más allá de toda
confusión y ambigüedad, se debe afirmar, que la denominada “reducción de
embriones” constituye un aborto selectivo: de hecho consiste en la eliminación directa y voluntaria de
seres humanos (Juan Pablo II, Encíclica Evangelium Vitae, Nº 57). Como
esta es una verdad científica a la que puede llegarse por la simple razón, es
ilícito el uso de embriones bajo la excusa de la experimentación, incluso para
los no creyentes ( Encíclica Evangelium Vitae Nº 101).
Toda actividad técnica que implique la
selección de embriones, al comprender la eliminación voluntaria de vidas
humanas, es injustificable e inaceptable, y no puede invocarse ni el principio llamado del “mal menor”, ni el principio
conocido como del “doble efecto”. Ninguno se aplica en estos casos donde la
pérdida de vidas embrionarias se debe a abortos injustificados. Uno de los
aspectos más graves que marca con claridad porque no se pueden aceptar estas
practicas es que terminan destruyendo “cientos de embriones humanos”
(“sobrantes”). Combatir la esterilidad no justifica en forma alguna el medio
que pasa necesariamente por la matanza de embriones humanos, lo cual constituye
una practica claramente abortiva.
¿COMO PUEDE EXISTIR UN SER HUMANO TAN
PEQUEÑO QUE NO PUEDA CASI VERSE?
Los microscopios
electrónicos mas modernos han permitido que los científicos vieran la realidad
tal cual es, y llegaran a conclusiones contundentes acerca de la realidad del
embrión a partir de la concepción. No se recurre a verdades de Fe sino a
demostraciones científicas que son las que acreditan la existencia de un ser
humano con vida. La ciencia demuestra que esta criatura al principio casi
imperceptible luego de un tiempo crece, se desarrolla, pero mantiene su
individualidad originaria.
REFLEXIÓN FINAL
Un entendimiento
del tema parte de que se acepte como principio y derecho fundamental el de la
inviolabilidad absoluta de la vida humana. Este principio rige desde que la
vida humana existe y no desde el nacimiento. El hombre no puede disponer
arbitrariamente de la vida sino que debe respetarla y defenderla en todas las
instancias del desarrollo, desde su concepción hasta la muerte natural. Desde
la concepción (unión del óvulo con el espermatozoide), existe una nueva vida
humana con individualidad propia e irrepetible en lo que a su patrimonio
genético se refiere. Además se esta ante un ser autónomo con un dinamismo
propio, siguiendo un proceso de desarrollo continuo ininterrumpido.
Antropológicamente estamos ante un cuerpo y un alma que conforman una totalidad
unificada y que es el fruto de la unión humana. Este nuevo ser es titular de un
derecho fundamental inherente a su ser que es el derecho a la vida, que es inviolable,
indisponible, imprescriptible.
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