domingo, 31 de mayo de 2015

PRINCIPIOS Y CRITERIOS MORALES GENERALES

El valor de la vida


El cristianismo, fiel a un Dios que crea y ama la vida, ha sido y es un agente educador de la conciencia humana a favor de un respeto creciente a la vida.

a)      Dignidad de la vida en sí misma: no sólo desde el don de Dios

En la tradición cristiana hay un núcleo de pensamiento sobre la vida que se aduce con frecuencia para subrayar la dignidad del ser humano: la vida como don de Dios, el hombre creado a imagen y semejanza de Dios, la presencia de un alma espiritual, infundida por Dios. Hay que tener presente que en el AT lo que nosotros llamamos vida física no es evocada en sí misma, sino que aparece integrada por esa unidad total que es el hombre, creado a imagen y semejanza de Dios.
La vida se ve siempre desde Dios, ante Dios y hacia Dios. Una ulterior confirmación del valor de toda vida humana nos viene del hecho de la encarnación del Verbo, que asume nuestra naturaleza y nuestra historia: la fe en Cristo hombre refuerza y consagra todo lo humano.

El cristiano que acepte vivencialmente estas realidades no podrá menos que respetar toda vida humana, que, desde nuestra fe en Dios Creador y en Cristo hombre, aparece rodeada de la solicitud de Dios y portadora de una vocación divina.

Pero esta fundamentación religiosa ha de ser presentada sin dar lugar a equívocos. La vida del hombre, independientemente de cualquier enfoque religioso, tiene un valor en sí misma y por sí misma. Constituye la base y fundamento para que cualquier otro valor del ser humano pueda desarrollarse en su proyección personal y social. La vida física no garantiza automáticamente una vida en libertad, en solidaridad con los demás y abierta a Dios, pero sin ella queda radicalmente comprometido todo proyecto personal y todo servicio a la sociedad. Por eso, la dignidad de la vida en sí misma no debe sufrir cuando se apela a Dios. La fe cristiana ha de suponer el sentimiento, fuertemente anclado en toda conciencia humana, de que la vida es un valor básico, a promover por su contenido intrínseco; partiendo de esta base, se evitará la impresión, que a veces damos los cristianos, de que la vida humana, sin la fe en Dios, está totalmente a la intemperie. Hay que afirmar el don de Dios, pero sin infravalorar la dignidad inherente a toda vida humana.

b)     La vida como entrega

El tema de la intangibilidad de la vida ha sido integrado en la moral cristiana con tal fuerza, que otro aspecto del misterio cristiano ha quedado muy oscurecido: el ejemplo de Cristo, que da su vida por amor. Las obras de espiritualidad y de devoción se encargaban de desarrollar más esta inspiración evangélica. Si la moral hubiera asumido con más energía esta línea, quizá las conclusiones sobre la disposición radical de la propia vida hubieran sido diferentes de las defendidas comúnmente.

Si la vida es un don precioso que debe suscitar en el hombre un eco de agradecimiento y una voluntad decidida de aprecio, el ejemplo de Cristo integra otra dimensión. Él es el buen pastor que da la vida por sus ovejas (Jn 10,11). “En esto hemos conocido la caridad: en que aquél dio su vida por nosotros” (1 Jn 3,16). El ejemplo de Cristo debe inspirar actitudes semejantes en sus seguidores: “Nadie tiene un amor mayor que éste: dar uno su vida por sus amigos” (Jn 15,13).
Aún tratándose de un valor importante, fundamental, la vida no es un valor absoluto. El ejemplo de Cristo nos manifiesta con toda claridad que el respeto a la vida, exigencia ética inaplazable, no ha de adoptar formas idólatras, absolutizadoras. El Evangelio nos enseña que la fe y el seguimiento de Cristo – y lo mismo podría decirse de algunos valores humanos – merecen todo tipo de sacrificios, incluido el de la propia vida: “El que quiera salvar su vida, la perderá; pero el que pierda su vida por mí y el evangelio, la salvará” (Mc 8,35). Esta posibilidad de sacrificar la vida, que aparece suficientemente clara desde el ejemplo de Cristo, ha sido legitimada por la moral desde otras perspectivas.

Si las situaciones en que el hombre ha de actuar fueran puras, si en cada acción se promovieran sólo valores sin sacrificar ninguno, las opciones éticas serían evidentes. Pero la realidad es más confusa y complicada: en una misma acción muy frecuentemente, están implicados valores y contravalores. Desde aquí se comprende la afirmación de que “todas las normas éticas relativas al comportamiento interhumano se basan en un juicio de preferencias.

La vida humana puede entrar en conflicto con valores morales o con valores no morales. A este último grupo pertenecen la salud, el placer, la alegría, la técnica, el arte, el conocimiento, etc. El poseer estos valores no hace al hombre bueno moralmente, ni su falta le convierte en un inmoral. Los valores morales son los que pertenecen al campo de la conciencia correctamente formada. Si la vida entra en conflicto con un valor moral, éste tiene prioridad ética sobre aquélla. En el caso de Cristo, la realización del designio de Dios tenía precedencia sobre la conservación de la propia vida. Cuando el conflicto se establece entre la vida y un valor no moral, la decisión correcta supondrá una comparación de todos los valores en juego. La opción tomada será moral en la medida en que vele por la afirmación del valor o de los valores que, dentro de una apreciación global y en una determinada situación sean considerados como prioritarios por la conciencia formada.

El cristiano se enfrenta con una doble exigencia: por una parte, una tarea de concienciación siempre perfectible sobre la dignidad de toda vida humana, concienciación que ha de traducirse en una acogida fervorosa de toda iniciativa a favor de la vida y en una denuncia de toda manipulación en sentido contrario; por otra, evitar un culto idolátrico a la vida. Las dos exigencias salen al paso de dos abusos de signo opuesto, pero frecuentes en nuestra sociedad, atravesada de tantas contradicciones. Estas orientaciones no nos dan la solución clara a los muchos problemas que se presentan en este campo, especialmente a los casos más conflictivos. Para ello será necesario tener en cuenta lo que se dirá en su momento sobre el derecho del hombre a disponer de la propia vida, sobre los medios “ordinarios y extraordinarios”, sobre el suicidio y la eutanasia, etc. lo que sí podemos afirmar es que una solución correcta a estos problemas no se encontrará de espaldas a estas exigencias o indicaciones.

La mediación de principios y criterios generales


La moral cristiana no se ha contentado con afirmaciones generales sobre el deber de proteger la vida humana y la salud; a lo largo de los siglos, en un esfuerzo que ha ido cristalizando en formulaciones más claras, se ha llegado a una normativa concreta. Al no ser la vida un valor absoluto, a veces no era obligatorio ni lícito el defenderla a toda costa; era, por lo tanto, una necesidad el definir con la mayor claridad posible la frontera que separaba lo lícito de lo ilícito en las acciones de apoyo a la vida, en las agresiones contra ella y cuando se desistía de defenderla. Tratándose de un bien tan básico era comprensible el interés por no dejar zonas oscuras en este terreno.

Los principios y planteamientos que han servido para precisar la moralidad en relación con la vida y la salud son múltiples. Un primer principio dice relación a una creencia básica compartida por todos los cristianos: el señorío de Dios. Todos los seres creados, sin excluir la vida humana, quedan bajo el dominio absoluto de Dios. Dios, Señor absoluto de la vida, puede autorizar o mandar acciones contra la vida que se convierten en actos de obediencia. Con la autoridad o mandato de Dios ninguna agresión a la vida humana es inmoral.

Cuando no se cuenta con esta autorización divina, intervienen otras consideraciones para señalar qué acciones en concreto están permitidas o prohibidas. Aquí intervienen tres binomios. El primero se refiere a la persona, víctima de una agresión a la vida: la distinción entre inocente y culpable representa un hito moral. El segundo mira al autor de la agresión: autoridad pública o persona privada. El tercero atiende al modo en que se produce la agresión: directo-indirecto. El inocente es mucho más intocable que el culpable. A la autoridad pública se le permiten intervenciones prohibidas a personas privadas. Las acciones directamente agresivas son mucho más difíciles de aceptar que las indirectas.

Además de éstos intervienen algunos principios, como el principio de totalidad, la distinción entre medios ordinarios y extraordinarios, acción/omisión, calidad de vida, doble efecto, conflicto de valores, etc.

¿Con la autorización de Dios todo es lícito?

La moral tradicional no ha excluido absolutamente que el hombre tomara las decisiones más radicales sobre la vida propia o ajena, pero siempre con una condición: que ese atentado material fuera un acto de obediencia a Dios. Por orden, autorización, mandato, permiso, inspiración, etc., de Dios es lícita cualquier acción contra la vida propia o ajena, trátese de personas inocentes o de malhechores, realizada por la autoridad pública o por decisión privada, directa e indirectamente. En cambio, en ausencia de tal inspiración, orden, etc., hay severas restricciones para atentar contra la vida.

Para no ser injustos con quienes han defendido durante siglos la validez de esta distinción, hemos de tratar de comprender su génesis. El punto de partida lo constituyen ciertos hechos bíblicos desconcertantes de cuya autenticidad no se tenía la menor duda y a los que era necesario encontrar una explicación. En la Biblia hay varios relatos en los que se describen suicidios u homicidios directos, al parecer con la aprobación divina. La orden dada a Abrahán: “Toma a tu hijo, tu unigénito, que tanto amas, a Isaac, y vete al país de Moria y ofrécelo allí en holocausto sobre una de las montañas que yo te indicaré” (Gén 22,2), fue entendida con todo realismo. Entre los casos de suicidio que al parecer podrían contar con una autorización divina están los de Sansón (Jue 16,27-30), de Eleazar Avarán (1Mac 6,43-46) y Razias (2 Mac 14,37-46). En relación con ciertas consignas atribuidas a Dios, que parecen invitar a exterminios indiscriminados, en los que se trataba por igual al inocente y al culpable, F. De Vitoria las explica por un mandato especial de Dios: “Respondo diciendo que aquello de las Escrituras que traen a colación (Dt 20) se hizo por mandato especial de Dios [...]. pero esto fue un decreto especial y no una ley general”.

Junto a estos textos bíblicos, otros hechos, atribuidos a cristianos de los primeros siglos, presentaban problemas análogos. Se alude a algunas mujeres que se quitaron la vida por no ceder ante amenazas para su fe o su castidad. Ya san Agustín sostiene que estos hechos, lejos de ser condenados moralmente, constituyen un acto de obediencia a Dios. Y santo Tomás, recogiendo la explicación de san Agustín, afirma que el suicidio de Sansón junto con sus enemigos entre las ruinas del templo, “sólo se excusa por alguna secreta orden del Espíritu Santo”.

En aquella sociedad, en la que se tenía un concepto muy absorbente de la soberanía de Dios y una idea muy recortada de la autonomía del hombre, careciendo, además, de los recursos interpretativos de la Biblia hoy a nuestro alcance, no es de extrañar la solución que dieron a hechos que no cuadraban a primera vista con sus esquemas morales.

Esta doctrina tal como está formulada, se explica por las circunstancias en que surgió, pero resulta extraordinariamente chocante y de difícil comprensión para los no creyentes e incluso para bastantes creyentes. A primera vista, parece dejar traslucir una imagen de Dios semejante a la de un monarca absolutista y arbitrario. Esta distinción tiene una importancia práctica nula, en cuanto que la existencia de órdenes, inspiraciones divinas, etc., no se reivindica más que para casos reducidos del pasado; apenas si se considera su aplicabilidad a nuestro mundo. Pero, simbólicamente, su significado es importante en cuanto que conlleva una particular interpretación de la soberanía de Dios y una especial visión del hombre.

Inocente – culpable


La distinción inocente-malhechor recoge un sentimiento espontáneo en los pueblos e individuos, sentimiento que les mueve a protegerse contra las personas consideradas una amenaza para los demás. Esta distinción puede tener aplicación tanto en el campo de la “legítima defensa” individual como en el tema de la guerra. Otro campo en el que ha tenido particular vigencia es el del derecho penal. La distinción entre inocente y culpable es fundamental para que una persona se vea libre de las penas, en muchos casos la pena de muerte. Me fijo exclusivamente en la distinción inocente-culpable en la medida en que de ella puede  depender la vida de una persona. Esta distinción, que a primera vista no parece ofrecer problemas mayores, en cuanto que es eco de un sentimiento difundido en la conciencia de los individuos y de los pueblos, puede encerrar algunas ambigüedades. Los moralistas dieron respaldo moral a algunas consecuencias de esta distinción. Hoy en cambio, asimilando los resultados de las ciencias humanas, se advierte la necesidad de purificar el concepto de inocente y culpable, criminal o malhechor.

No se puede negar a la sociedad el derecho a tipificar así ciertos comportamientos, pero algunas preguntas relativizan el valor de la distinción. ¿Quién establece que determinadas conductas sean consideradas como criminales y otras no? ¿A qué criterios e intereses obedece la distinción. ¿Qué tanto por ciento en la criminalidad ha de atribuirse al malhechor o a los condicionamientos sociales? Se ha dicho que a veces la acción implacable contra los criminales parece un exorcismo fácil, con el que la sociedad se tranquiliza y se evade de las propias responsabilidades en relación con la génesis del crimen. No falta quien piensa que las acciones duras enmascaran la crueldad, venganza, pereza o incapacidad de la sociedad; otros siguen viéndolas como una necesidad de autodefensa social.

Autoridad pública-persona privada


Los poderes públicos se han visto dotados de grandes facultades para actuar contra la vida de las personas desde la distinción entre inocente y culpable y también en el campo específico de la guerra. En relación con ésta las prerrogativas concedidas a los poderes públicos eran excesivamente generosas. En la práctica, sólo ellos eran los que juzgaban de la justicia de una guerra y apenas existía espacio legítimo reconocido para disentir, no sólo legalmente, sino incluso moralmente, a pesar de algunas proclamaciones en sentido contrario. Hoy en día, el derecho a disentir en este campo, tan celosamente reservado a los poderes públicos, va encontrando expresiones más fuertes, no sólo por el reconocimiento legal de la objeción de conciencia, sino también en una esfera propiamente moral. A ello han contribuido en parte los estudios del fenómeno de la guerra, que han puesto más al descubierto los intereses y pretensiones inconfesables que se enmascaran frecuentemente tras una apelación a la justicia.

No se pretende minar las bases del derecho penal, sino indicar las ambigüedades e injusticias que han podido introducirse en él bajo la presión de intereses de grupos que poco tienen que ver con la justicia. Se apunta también a que la defensa de la justicia por la violencia, que engendra la muerte aun cuando se haga en nombre de los poderes públicos, no es la mejor pedagogía para sensibilizar en el respeto al valor de la vida.

Directo-indirecto


La distinción directo-indirecto ha tenido una gran importancia en múltiples sectores de la historia de la moral, incluyendo las acciones relativas a la vida y a la salud humanas.

Según esta distinción son lícitos el aborto indirecto, el suicidio indirecto, el homicidio indirecto de inocentes, etc.; pero el suicidio indirecto, el homicidio directo –aquí entran la eutanasia y el aborto directos- son siempre condenables. Para determinar si un efecto era imputable o no, en el caso de una acción con varios efectos, se acudía al principio llamado del “doble efecto”, que ha tenido diversas formulaciones.

Al insistir tanto en que el efecto bueno no provenga a través del malo, sino que los dos procedan de una acción al menos con la misma inmediatez, se cree establecer una norma objetiva. Al dar una importancia tan decisiva al modo físico de producirse los efectos, se impide la introducción de valoraciones objetiva, que pudieran dar lugar a apreciaciones arbitrarias. La gran aportación positiva de este principio radicaría en esa intención de objetividad para decisiones importantes que afectan a la vida o a la salud.

Con todo las críticas dirigidas a este principio, en su formulación más rígida por los moralistas de hoy, son tan fundadas que se lo considera de gran utilidad para aclarar la solución de casos conflictivos.

La primera viene de lo problemático que resulta el concepto de acción cuando queremos precisarlo. Cualquier acción aun la más simple puede ser fragmentada en varias, o por el contrario ser integrada en una acción más amplia. Lo que para unos es efectos para otros puede ser parte integrante de la acción. Desde aquí se puede ver la ineficacia del principio en orden de una clarificación moral de los comportamientos.

La principal acusación a este enfoque es la de fisicismo: da excesivo importancia a la naturaleza física de la acción a la hora de decidir la moralidad; el modo de conexión física entre el efecto y la causa es determinante para la bondad o malicia de la acción. Este principio revela una actitud muy frecuente en la moral tradicional, en el respeto a la naturaleza física como criterio moral. El respeto a la naturaleza debe ser tenido en cuenta pero parece exagerado constituirlo en arbitro de moralidad dejando a un lado las facultades espirituales de hombre a través de las cuales percibe y da sentido a las cosa.

Hoy se prefiere un enfoque de comparación de los valores en juego. En primer lugar es necesario una labor sincera de análisis para detectar los valores en juego, para lo que ha de tenerse en cuenta los valores inmediatos y una cierta perspectiva en lejanía; es obvio que los valores mas inmediatos se percibirán con mayor facilidad pero esta circunstancia no nos legitima para quedarnos en un inmediatismo que mutila la realidad. No hay que caer tampoco en actitudes obsesivas de búsqueda de los valores más lejanos y problemáticos que paralizarían la acción.
Cuando la conciencia personal tiene ante si el conjunto de valores comprometidos en una determinada acción debe compararlos a la luz de la propio jerarquía de valores para, decidir el rumbo a seguir optando por los que aparecen como más imperativos en un momento determinado.

La propia jerarquía de valores es el resultado de diversos factores: formación recibida, comunidad en que se viva, influjos históricos, fidelidad a la conciencia, carácter personal, etc. Pero para un cristiano, para que su conciencia este orientada rectamente, la jerarquía de valores ha de estar abierta al examen y al influjo de la comunidad cristiana a la luz del magisterio de la Iglesia.

Principio de totalidad


El principio de totalidad viene invocándose como justificante moral para aprobar unas acciones y condenar otras. El principio de totalidad lo aducen unos para fundamentar la licitud de los métodos artificiales de natalidad, mientras que la encíclica Humanae vitae excluye expresamente su aplicabilidad en este campo.

La utilización del mismo principio para conclusiones divergentes pone en relieve, que en el fondo de este principio hay una realidad compleja. Los conceptos de parte y de todo los aplicamos a realidades muy heterogéneas. Es cierto que existe un aspecto común en esos todos y partes: la necesidad de ayuda del todo a las partes, la colaboración de alguna de las partes para el bien del todo. El organismo humano es un todo mientras que los órganos funciones, miembros son parte del mismo; la vida reproductiva de una pareja forma un todo, cada acto sexual es parte de ese todo; la sociedad humana, la nación, la Iglesia, son un todo y las personas son parte de las mismas. Lo importante es el modo de concebir la relación entre una parte y un todo concretos. Pío XII lo formula así: el principio “afirma que la parte existe para el todo y que, por consiguiente, el bien de la parte queda subordinado al bien del conjunto; que el todo es determinante para la parte y puede disponer de ella en interés propio”. Estas pretensiones de absolutez de Pío XII no son tan evidentes en la realidad. Es un principio útil pero no puede resolvernos los casos concretos; la solución ha de tener presentes otros aspectos.

a)   Situaciones dentro de una misma persona

·         Todos los órganos y funciones orgánicas, miembros, tejido, etc., están ordenados al bien del todo. En caso de necesidad o conveniencia proporcionada para el conjunto es lícita la extirpación de los órganos y la suspensión de las funciones orgánicas.
·         En una moral que distinguía de una manera quizás excesiva entre cuerpo y espíritu se planteo el problema de la licitud de subordinar las funciones somáticas al bien del espíritu. Pío XII fue tajante: “Pero a al subordinación de los órganos particulares al organismo y a su finalidad propia, se añade también la del organismo a la finalidad espiritual de las persona misma.

b)  Situaciones que implican a dos personas

La extirpación de un órgano sano no vital de una persona para transplantárselo a un enfermo. Pío XII parecía excluir tal comportamiento como inmoral.

El mensaje cristiano de caridad y solidaridad, iluminado desde el ejemplo de Cristo, era más que suficiente para justificar una donación de órganos a favor de otro ser humano. Pero un principio abstracto como el de totalidad pudo llevar a situaciones tan poco en línea con el mensaje cristiano de la caridad. Poco a poco los moralistas tomaron conciencia de que esos transplantes entre seres vivos podían ser perfectamente lícitos desde una perspectiva moral. Pero en vez de acudir al ejemplo de Cristo, encontraron el fundamento en la subordinación del cuerpo al espíritu, argumentación lejana de lo que es el verdadero sentido de la caridad. Según estos autores, la donación de un órgano contribuye al bien espiritual del donante y desde aquí se convierte en un acto lícito en virtud del principio de totalidad. Esta donación sería pues lícita no porque con ella se haga un bien a los demás, sino porque gracias a ella el donante adquiere méritos para el cielo. Esto parece una verdadera desfiguración de lo que debe ser la auténtica caridad cristiana.

El principio del doble efecto


Con él se pretende dar respuesta al interrogante planteado ante una acción que produce dos o más efectos, unos buenos y otros malos: ¿es lícita o ilícita?

El principio trata de fijar cuando dicha acción es moralmente legítima aun siguiéndose efectos malos de ella y cuando no lo es. Para la legitimidad moral de tal acción se han de cumplir cuatro condiciones:
-          carácter moralmente bueno o indiferente de la acción
-          bondad en la intención del agente, es decir, buscar el fin bueno y no intentar el malo
-          conexión causal del efecto bueno con la acción, al menos tan inmediata como la del efecto malo;
-          razón proporcionalmente importante para permitir la producción del efecto malo.

Si se cumplen estas condiciones, el efecto malo es calificado de voluntario indirecto. Este principio se ha aplicado para la extirpación de un útero canceroso en una mujer embarazada, en el caso del escándalo, para acciones relacionadas con el matar y con el uso de las facultades sexuales.

Santidad/calidad de vida


a)      Calidad de vida

Esta expresión es de frecuente uso en los países desarrollados. De ella se han apoderado los políticos, la publicidad comercial, el lenguaje popular, los científicos. La publicidad comercial la usa para cualquier objeto que desea vender. En el lenguaje corriente se usa como sinónimo de bienestar, felicidad... no raras veces se define por un contenido económico cuantitativo. En el campo sociológico los objetivistas la quieren definir a base de criterios objetivos, y los subjetivistas de satisfacción personal. Es un concepto muy variable de persona a persona y dentro de un mismo sujeto, en momentos y situaciones diferentes de la vida. Ciñéndonos al ámbito de la medicina, se han dado diversos indicadores: cantidad de años o prolongación de la vida, nivel de asistencia sanitaria, nivel de consumo médico. En relación con la bioética, se apela a la calidad de vida para problemas muy distintos: aborto, eutanasia, diagnóstico prenatal, prevención de la vida por la anticoncepción o la esterilización, modificación de la naturaleza por la ingeniería genética, salud pública, salud ambiental, decisiones sobre prolongar o no una existencia, etc. el concepto es muy variable, según se aplique a una situación u otra.

Atender a la calidad de vida es una exigencia moral innegable si con ello nos referimos a cualquier tipo de acción orientada a crear condiciones más favorables para la expansión y desarrollo del ser humano.  Si se la entiende con una carga básicamente económica, se cae en una visión muy parcial. Para una verdadera calidad de vida son más importantes los consumos inmateriales que los materiales. Los factores afectivos tiene un gran peso en este campo: aceptarse, ser aceptado, amistad, amor, etc.

b)      Santidad de vida

Aunque hace referencia al mundo religioso, existe una interpretación laica de la santidad de vida. Al decir que toda vida es sagrada, esta afirmación no posee necesariamente una base religiosa; esta característica surge de la vida misma. El carácter sagrado de la vida, es la primordial de las experiencias. Si la vida no es sagrada, nada es sagrado.

Existe otra interpretación religiosa de la santidad de la vida. En la base de la inviolabilidad de la vida humana está la doctrina de la creación, del hombre como imagen de Dios, la alianza de Dios con su pueblo, la redención.

El tema de la santidad de la vida o de su carácter sagrado, lo mismo que la calidad de vida, se invoca en el campo de la medicina y fuera de él.

La apelación a la sacralidad de la vida, en principio, parece ofrecer una garantía más segura de protección para la vida, tratando de eliminar en estas decisiones el papel de gustos, costumbres y leyes humanas.

c)      Calidad /santidad de vida

Algunos consideran estos conceptos como contrapuestos cuando se refieren a decisiones sobre prolongar o no una vida inicial o terminal. Las diferencias entre los dos planteamientos se sitúan en sostener o no el carácter sagrado de la vida humana, de la vida corporal, el carácter absoluto de la norma, o entre calidad/cantidad. Quizá la diferencia se sitúa más bien en la base del juicio moral normativo, deontológico o teleológico, en la teoría moral y en los límites y excepciones a las normas.

Las diferencias entre los dos planteamientos no debieran llevar a verlos como excluyentes mutuamente y por lo tanto a optar por un enfoque con olvido del otro. Se puede mantener el carácter sagrado de la vida evitando juicios arbitrarios y falsos y también defender el valor vida atendiendo a la calidad de la vida personal.

Podemos preguntarnos con razón si las diferentes opciones sobre prolongar una vida que se remiten a la santidad/calidad de vida se deben en realidad a estos planteamientos o más bien a ciertas líneas de fondo, de una cultura o creencia religiosa, incorporadas de modo desigual por las personas.

CODIFICACIONES DE ÉTICA MÉDICA


La ética médica se ha plasmado en expresiones variadas a lo largo de la historia: oraciones, juramentos, código deontológico, etc., que presentan diferencias en diversos sentidos: índole global, sistematicidad, inspiración religiosa o laica, carácter general, etc.

En las oraciones de inspiración, se expresa el agradecimiento a la divinidad por las bendiciones recibidas y se pide la ayuda divina para el recto ejercicio de la profesión. Entre ellas destaca la oración diaria del médico, considerada hoy como obra de un médico judío del siglo XVIII, Marcus Herz.

Durante siglos la fórmula más importante trasmisora de una ética médica ha sido el juramento. En el mundo antiguo eran frecuentes formas de expresar los conceptos éticos. En ellos se manifiesta la idea de que la alianza con los dioses al tratar la enfermedad es un elemento básico para tener éxito en el ejercicio de la profesión. El más célebre es el de Hipócrates, de gran peso para le ética médica. El juramento consta de dos partes: la primera se refiere a las relaciones entre médicos; la segunda a las relaciones con el paciente. Sobre su origen hay puntos oscuros. Aparece dentro de la colección hipocrática catalogada y editada por bibliotecarios de Alejandría.

La tradición cristiana acogió con satisfacción la ética hipocrática, introduciendo en ella algunas modificaciones para mejor armonizarlas con los ideales y normas cristianas: la referencia a los dioses griegos se transforma en una invocación a la Trinidad; la alianza dentro del cuerpo médico se sitúa en términos de gratuidad y se da un sentido más abierto a la transmisión de la enseñanza.

Siguiendo la tradición iniciada en la Edad Media, en las escuelas de medicina se integran conceptos hipocráticos en los juramentos hechos al graduarse. En el siglo XX ha sido común al graduarse hacer el juramento. De el se han realizado algunas adaptaciones para hacerlo aplicable a la situación actual, y al ejercicio de la medicina en los tiempos recientes. No se ha de confundir el significado histórico de este texto, ciertamente importante, y el sentido que hoy puede tener en nuestra sociedad y en un ejercicio de la profesión médica con características determinadas.

La codificación de la ética médica más desarrollada y sistemática son los llamados códigos deontológicos médicos.  En el mundo moderno, los médicos piensan en la necesidad de una codificación más completa y sistemática de las normas de comportamiento del médico con sus pacientes y con los otros colegas. Los códigos deontológicos son un todo heterogéneo que recoge un conjunto especifico de deberes a los que están obligados los miembros de una profesión.  Son deberes derivados del hecho de ejercer una profesión. No son exclusiva ni predominantemente de índole moral, ni siquiera de moral laica. Contiene normas de buen comportamiento, de etiqueta, de buena relación. Sirven más directamente a los intereses del grupo e indirectamente a los usuarios de sus servicios. Son reglas consideradas esenciales para el ejercicio profesional correcto. Tienen como función salvaguardar la dignidad de la práctica profesional y así lograr la confianza del cliente. Son más que un reglamento, son casi un espíritu.

Hoy ha decrecido sensiblemente el interés por este tipo de codificaciones, y las que se siguen haciendo ofrecen rasgos particulares en relación con los códigos de hace unas décadas.

Dado el pluralismo social y moral y teniendo en cuenta la situación actual de las profesiones médicas, hay una tendencia a regulaciones menos detalladas, de índole más general. Por otro lado, la legislación, antes ausente en materias médicas, se ha multiplicado en temas como el aborto, anticoncepción, nuevas técnicas de reproducción humana, problemas en relación con el morir, secreto profesional, consentimiento informado, etc.

Desde algunos ángulos profesionales y políticos se mantienen actitudes marginales e incluso beligerantes contra los códigos deontológicos. Algunos los consideran inútiles, por la existencia de fuentes distintas y suficientes para un comportamiento correcto: leyes, costumbres, entes profesionales de derecho público, sindicatos, el sentido moral de la propia conciencia. Se les reprocha en ocasiones, ser instrumento solapado de los intereses de la profesión más que del bien social y de los pacientes. Se acusa a los códigos de que si se mantienen en declaraciones de índole general son poco útiles, y si por el contrario, desciendes a tomas de postura muy concretas constituyen un marco excesivamente rígido y estricto para una sociedad tan plural, acaban con el sentido de responsabilidad personal pretendiendo dar a las generaciones jóvenes un cuadro muy definido de las conductas.

Han surgido otras formas de expresar el talante médico en temas de medicina. Por su autoridad destacan las declaraciones de las diversas asambleas médicas mundiales o de otros organismos. Con frecuencia elaboran documentos sobre temas monográficos de actualidad. Sus ventajas son claras pues abordan un solo asunto: el proceso de elaboración y de eventual corrección es más rápido y ágil. Este tipo de declaración suele reflejar un estilo interdisciplinar y plural, abierto a diversos aspectos de la cuestión. Los códigos deontológicos quedan en una cierta penumbra.


Entre las expresiones de contenidos éticos se pueden señalar las llamadas declaraciones de los derechos del paciente o de ciertas clases de enfermos.

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